miércoles, 2 de julio de 2008

¡ASI NO SE VALE, DON OSCAR!

Perspectiva
Columna de los miércoles en La Prensa Libre

Por Federico Malavassi

Es como una obra compleja (dos tramas), representada por actos.

En una de ellas, aparece el aumento en los precios de petróleo como primer acto. En la otra, se nos informa que el vehículo de una viceministra del MOPT circula sin placas. Luego, sin ley ni estudio previo, aparece una prohibición para circular por el área delimitada por la carretera de circunvalación metropolitana. Se sancionará con multa de 5 mil colones al infractor (sin modificación al Código de Tránsito).

En la otra obra, el primer acto estuvo apareció como la renuncia del vicepresidente Kevin Casas (por el mentado memorándum). El segundo acto por la manifestación expresa de que la vicepresidenta supérstite es la ungida como sucesora en Casa Presidencial. El tercer acto lo aporta el conspicuo asesor jurídico de la administración se raja con una opinión acerca de una supuesta mala praxis constitucional (mala práctica o mala costumbre constitucional). Dice que la mala costumbre se basa en una mala interpretación del artículo 135 de la Constitución.

Tal artículo, en síntesis (pero invito a todos a consultar el texto), está compuesto de tres párrafos: a) El primero prevé la existencia de dos Vicepresidentes y señala que en “ausencia absoluta” del presidente lo reemplazarán “por el orden de su nominación”. b) El segundo literalmente dice “En sus ausencias temporales, el Presidente podrá llamar a cualquiera de los Vicepresidentes para que lo sustituya” –obviamente el asesor presidencial se agarra de este “podrá” para introducir su versión–. c) El tercer párrafo aclara todo, dice que: “Cuando ninguno de los Vicepresidentes pueda llevar las faltas temporales o definitivas del Presidente, ocupará el cargo el Presidente de la Asamblea Legislativa”.

Claramente, luego de leer el tercer párrafo, queda evidente que el “podrá” del segundo párrafo se refiere a pasar por alto el orden de nominación de los vicepresidentes. De manera que el presidente, en sus ausencias temporales, podrá llamar a uno u otro. La Constitución no dice qué es “ausencia temporal”, más este es un concepto jurídico indeterminado que la costumbre se ha encargado de determinar.

Este artículo fue un globo de ensayo. Pero desdichadamente nadie respondió. El jueves de la semana pasada el Presidente notificó a la Asamblea que salía del país y que no designaba a la Vicepresidente. Finalmente el Presidente salió del país y volvió y aquí como si nada.
Para fundir ambas tramas, me aprovecho de que el Presidente publicó un artículo diciendo que “Este barco tiene capitán”. En tal publicación, pide confianza y la emprende contra quienes no quieren cumplir la restricción vehicular, “planifican ignorar la restricción” y esperan que no los “pesquen”.

Señor Presidente, la restricción a su conducta es de origen constitucional. La tradición de su interpretación también es de jerarquía constitucional. ¡Cumpla! En cambio, la restricción vehicular es un antojo sin fundamento racional, ejecutado por quien no cumple la Constitución y por una Viceministra que ni siquiera porta placa.

La Ley General de Administración Pública es clara: las fuentes no escritas (como la costumbre) tienen la jerarquía de la fuente escrita (Constitución) que integran, delimitan o interpretan. No puede invocar el criterio de su asesor para irrespetar la norma. Tampoco debería restringir una libertad pública por Decreto.

3 comentarios:

Luis Carlos Delgado, MBA dijo...

Definitivamente se trata de un gobierno que actúa mediante contradicciones oportunísticas.

Se contradice pues no es coherente en su forma de actuar y de seguir las pautas del ordenamiento jurídico en todas sus esferas.

Y es oportunista, pues tergiversa el ordenamiento para promulgar órdenes de dudosa legalidad para su propio provecho.

Federico Malavassi dijo...

Murdokcrc:

Muchas gracias por el comentario. Atinado, preciso y macizo. Es importante que el gobierno sea de Derecho. Que dé ejemplo de cumplimiento.

En lo que se ha hecho, queda claro que hay doble discurso. Quiere libertad para él (que más bien está obligado al principio de legalidad) y restricción para los ciudadanos (que deberían gozar de libertad).

Federico Malavassi

Anónimo dijo...

Murdokcrc:

Muchas gracias por el comentario. Atinado, preciso y macizo. Es importante que el gobierno sea de Derecho. Que dé ejemplo de cumplimiento.

En lo que se ha hecho, queda claro que hay doble discurso. Quiere libertad para él (que más bien está obligado al principio de legalidad) y restricción para los ciudadanos (que deberían gozar de libertad).

Federico Malavassi