miércoles, 12 de marzo de 2008

¿MATRIMONIOS POR CONVENIENCIA?

Perspectiva
Columna de los miércoles en La Prensa Libre
Por Federico Malavassi

La Dirección de Migración está hecha un lío con el tema de los matrimonios por conveniencias. Simple, el nexo matrimonial sirve para justificar la estadía en el país. Es como una visa, un nexo familiar legalmente reconocido.
Las quejas no han logrado trascender el desacuerdo de Migración. Podría tratarse de matrimonios “simulados” y, por ende, nulos o anulables, sin embargo no ha podido hacerse más.
¿Por qué? ¡Fácil! Nuestra institución jurídica del matrimonio es relativamente vacía. La ley no exige amor, ni entrega de por vida, ni un animus especial, ni siquiera la procreación ni la educación de la prole.

Canónicamente, se estipula que el matrimonio ha de ser para la procreación, la educación de la prole y “remedio de la concupiscencia”. Pero el código de Familia no habla nada de eso. Expresamente fueron eliminadas tales referencias.

Cuando se desgajó el código Civil y se dispuso legislar por aparte la materia de Familia, no fue en estricta consonancia con la reforma social de 1943 (familia célula de la sociedad, matrimonio base de la familia) sino con aires más modernos, laicos y llanos. Se pueden derivar algunas cosas pero no están expresas ni privilegiadas. Se habla de vida en común y mutuo auxilio. La vida en común es prescindible por el trabajo y otras circunstancias. La fidelidad se deriva de que el adulterio puede invocarse como causal de divorcio o de separación. Pero… ¿esas cosas que suponemos del matrimonio y la familia? ¿El amor, los chiquitos, “hasta que la muerte nos separe”, base de la sociedad, esencia de la familia? Pues estarán en los libros, en la Constitución Política, en el Código Canónico, pero no está explícito en nuestra legislación.

Hay alguna memoria del porqué. No se quería que la esterilidad u otros problemas dieran al traste con la unión nupcial. No se quería la obligación de tener hijos (es mal visto, como de antes, como religioso y viejo). Y fue quedando como el cascarón de la institución, algunas obligaciones (incluso unas muy marcadas de índole patrimonial y financiera) y menos conceptos y contenidos.
La ley ha llevado algunas afectaciones matrimoniales más allá del matrimonio (unión de hecho, paternidad, violencia doméstica), pero no ha enriquecido la familia ni el matrimonio.

Por eso no es de extrañar que la institución pueda usarse libremente para otros fines. Tal vez hasta sea más solidario y amoroso dar la residencia y hasta la naturalización que vivir lo que viven algunas parejas. Tal vez no choque con nuestra ley que a cambio de unos pesos (pago que no reciben muchas esposas ni esposos) se obtenga la residencia (acogida que algunos matrimonios han terminado por no darse). “Cónyuges” significa enyugados, llevando el mismo yugo. No se trata de una penalidad sino del compromiso de jalar parejo. No lo busquen en la ley. El afán legislativo pasa de largo de lo importante y se concentra en lo intrascendente: deja la familia como institución intervenida (poca libertad, mucha ley y nada de contenido). No es de extrañar que se use para otras cosas.

1 comentario:

Luis Carlos Delgado, MBA dijo...

Totalmente de acuerdo.

En un intento por redactar una definición "moderna" de la figura del matrimonio, lograron una definición que no ofende a nadie pero que tampoco sirve para nada.

En contraposición (haciendo una pequeña comparación de derecho), el código civil de Suiza (Schweizerisches Zivilgesetzbuch) dedica toda una sección a los efectos conjuntos del matrimonio (arts 159 hasta 180).

Y para hacer el problema aún más profundo, la sala constitucional continua haciendo una interpretación gramatical y no hermenéutica del texto constitucional, abriendo así aún más las puertas para que las personas abusen de una figura de derecho ya maltratada y de poca confianza.